Art. 41
Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO I

Art. 41

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En vigor desde 1 ene 2022
El acceso a la categoría de intendente principal se realizará por promoción interna, mediante concurso, entre miembros del cuerpo que tengan un mínimo de tres años de antigüedad en la categoría de intendente. Se modifica por el .13 de la Ley 18/2021, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2022-3415 Se modifica el apartado b) por el art. único. 15 de la Ley 9/2016, de 8 de julio. Ref. BOE-A-2016-8269 .

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Pro

eli/es-ga/l/2007/04/20/4#art-41