Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición adicional décima
92 / 101En vigor desde 13 abr 2007
Queda excluido del ámbito de aplicación de la presente Ley, y se regirá por su normativa específica, el patrimonio documental y bibliográfico, salvo que se encuentre directamente vinculado a un bien de interés cultural.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-mc/l/2007/03/16/4#disposicion-adicional-decima