Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 26
26 / 101En vigor desde 13 abr 2007
La resolución que ponga fin al procedimiento de declaración de un bien catalogado por su relevancia cultural será notificada a los interesados, y en el caso de inmuebles, al Ayuntamiento donde se ubique el bien. Asimismo, en el caso de bienes inmuebles e inmateriales, se publicará en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia».
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Proeli/es-mc/l/2007/03/16/4#art-26