Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 3.ª De los instrumentos de la cooperación al desarrollo
Art. 13
13 / 34En vigor desde 8 jun 2006
Las subvenciones se concederán para la ejecución de proyectos en los países beneficiarios y para la ejecución de programas de educación y sensibilización para el desarrollo en el ámbito territorial asturiano.
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Proeli/es-as/l/2006/05/05/4#art-13