Art. 54
Título TÍTULO IV

Art. 54

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En vigor desde 2 jun 2006
Con la finalidad de adecuar la gestión de los recursos naturales y, en especial, de los espacios naturales y de las especies de flora y fauna amenazadas a los principios inspiradores de esta Ley definidos en el título I, se planificarán los recursos naturales. Las determinaciones de ese planeamiento tendrán los efectos previstos en la presente Ley.
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eli/es-cb/l/2006/05/19/4#art-54