Art. Disposición derogatoria única
Capítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición derogatoria única

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En vigor desde 26 abr 2006
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en la presente Ley y en concreto el Decreto 27/1984, de 19 de julio y la Disposición Adicional 4.0 de la Ley 1/1989, de 20 de abril.
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