Art. Disposición transitoria tercera

Art. Disposición transitoria tercera

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En vigor desde 24 nov 2006
1. Pasados nueves meses desde la apertura del periodo de colegiación, la Comisión Gestora convocará al órgano plenario del Colegio de Logopedas del País Vasco al objeto de proceder a la elección de los miembros integrantes de los órganos de gobierno. 2. La constitución de los órganos de gobierno será publicada en el Boletín Oficial del País Vasco.
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