Art. Disposición transitoria segunda
16 / 17En vigor desde 17 jul 2005
El Consejo de Gobierno, junto con la aprobación de los Estatutos sociales, acordará la suscripción del capital social inicial y los plazos de desembolso del mismo.
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Proeli/es-ex/l/2005/07/08/4#disposicion-transitoria-segunda