Art. 51
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 1.ª El Plan de actuaciones sobre drogodependencias de las Illes Balears

Art. 51

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En vigor desde 10 jul 2005
1. El Plan de actuaciones sobre drogodependencias de las Illes Balears tiene, como mínimo, el siguiente contenido: a) Análisis de la problemática del consumo de drogas en las Illes Balears. b) Objetivos, prioridades, criterios básicos de actuación y objetivos específicos. c) Definición de los programas mínimos que se han de llevar a cabo. d) Responsabilidades y funciones de las administraciones públicas, entidades privadas e instituciones. e) Definición de la red de servicios, recursos, programas y centros de los circuitos de atención y de los niveles de intervención. f) Recursos necesarios para conseguir los objetivos del Plan. g) Estrategias de evaluación. h) Plan director y de gestión. 2. El Plan de actuaciones sobre drogodependencias de las Illes Balears ha de especificar de manera cualitativa y cuantitativa, según las posibilidades técnicas, los objetivos, las prioridades y las estrategias para poder evaluar el impacto y los resultados.
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eli/es-ib/l/2005/04/29/4#art-51