Art. Disposición final segunda
Título TÍTULO IX

Art. Disposición final segunda

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En vigor desde 24 jun 2005
El Consell de la Generalitat, mediante Decreto, aprobará, en el plazo máximo de tres meses desde la publicación de esta ley, el Reglamento de Estructura, Organización y Funcionamiento de los Centros de Salud Pública.
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