Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 21
Derogado22 / 114En vigor desde 24 jun 2005
La Entidad Valenciana para la Acción en Salud Pública contará con los órganos, servicios y unidades que se determinen en sus Estatutos, en cada una de las áreas funcionales de gestión, seguridad alimentaria, sanidad ambiental, vigilancia en salud pública, salud laboral, promoción y educación para la salud y en cualquier otra que reglamentariamente se determine.
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Proeli/es-vc/l/2005/06/17/4#art-21