Art. 26
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO ISecc. Sección 4.ª Régimen de autorizaciones

Art. 26

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En vigor desde 23 jul 2005
1. El procedimiento de autorización administrativa de oficinas de farmacia se ajustará a lo dispuesto en la presente Ley, en las normas de procedimiento administrativo común y en los reglamentos que las desarrollen. 2. En todo caso, se ajustará a los principios de concurrencia competitiva, publicidad, transparencia, mérito y capacidad.
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