Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección 3.ª Principios de ordenación y planificación farmacéutica
Art. 23
23 / 108En vigor desde 23 jul 2005
1. Los criterios de planificación farmacéutica se concretarán en el Mapa Farmacéutico de Canarias, configurado como norma reglamentaria, aprobada por orden del consejero competente en materia de ordenación farmacéutica, una vez oídos, entre otros, los Ayuntamientos y los Colegios Oficiales de Farmacéuticos.
2. El contenido del Mapa Farmacéutico tendrá carácter vinculante y relacionará todas las zonas farmacéuticas de la Comunidad Autónoma de Canarias, con expresión de sus características esenciales.
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Proeli/es-cn/l/2005/07/13/4#art-23