Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 1
1 / 102En vigor desde 7 sept 2005
1. La presente Ley tiene por objeto regular el funcionamiento y régimen jurídico de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
2. Los organismos públicos con personalidad jurídica propia, vinculados o dependientes de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja, sujetarán su actividad a la presente Ley cuando ejerzan potestades administrativas, sometiéndose en el resto de su actividad a lo que dispongan sus normas de creación.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ri/l/2005/06/01/4#art-1