Art. Disposición final segunda
Capítulo CAPÍTULO V

Art. Disposición final segunda

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En vigor desde 2 ene 2005
La Junta Rectora formulará en el plazo de seis meses a contar desde su constitución la propuesta de reglamento de composición y funcionamiento del Consejo de Seguridad y Salud en el Trabajo del Principado de Asturias, que será elevado por quien sea titular de la Consejería de adscripción al Consejo de Gobierno del Principado de Asturias para su aprobación.
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