Art. 78
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 2.ª Proyectos para la sostenibilidad y para la calidad de vida

Art. 78

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En vigor desde 3 jul 2004
La iniciativa para la promoción de proyectos corresponde al órgano que inició el programa o a otra administración pública. Los particulares podrán proponer iniciativas de proyectos para su ejecución indirecta.
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