Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 1.ª Programas para la sostenibilidad y para la calidad de vida
Art. 76
78 / 118En vigor desde 3 jul 2004
La tramitación de los programas será la misma que la establecida para los planes parciales en la legislación urbanística en vigor de la Generalitat.
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Proeli/es-vc/l/2004/06/30/4#art-76