Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 69
71 / 118En vigor desde 3 jul 2004
La gestión territorial tiene por objeto la materialización de los objetivos y criterios de la ordenación del territorio establecidos en la presente ley y desarrollados en los diferentes instrumentos de ordenación previstos.
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Proeli/es-vc/l/2004/06/30/4#art-69