Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 3.ª Planes de acción territorial sectoriales
Art. 58
59 / 118En vigor desde 3 jul 2004
1. Los planes de acción territorial sectorial constarán, como mínimo, de documentos de información, de objetivos y estrategias, de análisis y de estudio para la evaluación ambiental estratégica.
2. Los objetivos y las estrategias se elaborarán de acuerdo con lo previsto en los artículos 49 y 52 de esta ley respecto a los planes de acción territorial integrados.
3. El estudio para la evaluación ambiental estratégica se elaborará y se tramitará conforme a su legislación específica.
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Proeli/es-vc/l/2004/06/30/4#art-58