Art. 31
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO III

Art. 31

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En vigor desde 3 jul 2004
Los estudios de paisaje: a) Establecen los objetivos de calidad paisajística del ámbito de estudio. b) Analizan las actividades y procesos que inciden en el paisaje. c) Indican las medidas y acciones necesarias para cumplir los objetivos de calidad según los tipos contemplados en el artículo 29 de esta ley.
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eli/es-vc/l/2004/06/30/4#art-31