Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 23
23 / 67En vigor desde 25 jun 2004
Los miembros del Consejo, Junta Directiva u órgano de decisión similar del Grupo, así como los trabajadores y trabajadoras estarán sujetos a lo dispuesto en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el artículo 76 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local.
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Proeli/es-cm/l/2004/05/18/4#art-23