Art. 14
Capítulo CAPÍTULO II

Art. 14

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En vigor desde 16 abr 2003
1. La Escuela de Policía de Cataluña es un organismo autónomo de carácter administrativo adscrito al departamento titular de las competencias en materia de seguridad pública que se regula por la ley que le es propia. 2. La Escuela de Policía de Cataluña tiene como tareas principales la formación básica, de mandos y de las especialidades de los miembros de la Policía de la Generalidad-Mossos d'Esquadra y de las policías locales de Cataluña, y presta apoyo al departamento titular de las competencias en materia de seguridad pública y a los ayuntamientos en los procesos de selección del personal de los cuerpos respectivos. 3. La Escuela de Policía de Cataluña contribuye al estudio, investigación y divulgación de materias relativas a la policía y la seguridad ciudadana.
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eli/es-ct/l/2003/04/07/4#art-14