Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO V›Secc. Sección 2.ª De los planes rectores de uso y gestión
Art. 38
38 / 87En vigor desde 2 abr 2003
1. Los Planes Rectores de Uso y Gestión son los instrumentos básicos de gestión de los Parques Naturales y constituyen el marco general en el que han de desenvolverse las actividades directamente ligadas al uso y gestión de dichos espacios y, en particular, la investigación, el uso público y la conservación, protección y mejora de los valores ambientales existentes en dichos espacios.
2. Los Planes Rectores de Uso y Gestión tendrán como finalidad establecer los objetivos y los criterios de uso y gestión a desarrollar en los Parques Naturales en los que se apliquen.
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Proeli/es-ri/l/2003/03/26/4#art-38