Art. Disposición final segunda
24 / 26En vigor desde 4 abr 2003
El Consejo de Gobierno, en el plazo de seis meses a partir de la entrada en vigor de esta Ley, aprobará las disposiciones reglamentarias previstas en los artículos 4.4 y 6.4 de la presente Ley, oído el Ayuntamiento de Ponga.
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Proeli/es-as/l/2003/03/24/4#disposicion-final-segunda