Art. 2
Capítulo CAPÍTULO I

Art. 2

2 / 39
En vigor desde 5 jul 2002
La política riojana de cooperación para el desarrollo, inspirada en la Constitución y el Estatuto de Autonomía, expresa la solidaridad de la sociedad riojana con los países en desarrollo y, especialmente, con los pueblos más desfavorecidos de otras naciones y se basa en un amplio consenso político y social, que garantiza la participación de la sociedad riojana en el establecimiento y ejecución de esta política, de acuerdo con los siguientes principios: a) El reconocimiento del ser humano en su dimensión individual y colectiva, como protagonista y destinatario último de la cooperación para el desarrollo. b) La defensa y promoción de los derechos humanos, las libertades fundamentales y la paz. c) La defensa y promoción de la democracia y la participación ciudadana en condiciones de igualdad para mujeres y hombres y, en general, la no discriminación por razones de sexo, origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual. d) La necesidad de promover un desarrollo humano global, interdependiente, participativo, sostenible y con equidad de género en todas las naciones. e) La obligación de los países desarrollados de erradicar la pobreza en el mundo, desde el principio de la corresponsabilidad, a través de políticas de cooperación eficaces y coherentes. f) La promoción de un crecimiento económico duradero y sostenible de los países, acompañada de medidas que promuevan una redistribución equitativa de la riqueza, para favorecer la mejora de las condiciones de vida y el acceso a los servicios sanitarios, educativos y culturales, así como el bienestar de sus poblaciones. g) La promoción de la cultura de la paz, basada en el diálogo y superadora de todo tipo de conflictos. h) El respeto a los modelos de desarrollo social y político de los pueblos con los que se coopere, como responsables de su propio desarrollo, siempre que aquéllos contribuyan al fortalecimiento de la paz, la democracia, los derechos humanos y la justicia social.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ri/l/2002/07/01/4#art-2