Art. Disposición transitoria

Art. Disposición transitoria

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En vigor desde 12 may 2000
1. Los aspirantes que hayan superado las pruebas selectivas para acceso a la categoría de Médico (Grupo A) o a la categoría de Diplomado en Enfermería (Grupo B) de la Especialidad Técnico Sanitaria, Escala Técnica o de Mando del Cuerpo de Bomberos tomará posesión en las citadas categorías quedando integrados automáticamente en la Escala de Emergencia Sanitaria del Cuerpo de Técnicos Superiores de Salud Pública y en la Escala de Emergencia Sanitaria del Cuerpo de Diplomados de Salud Pública respectivamente. 2. Quedan integrados en la Escala de Salud Pública del Cuerpo de Diplomados de Salud Pública los funcionarios de carrera que a la fecha de la entrada en vigor de la presente disposición, pertenezcan al Cuerpo de Diplomados de Salud Pública.
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