Capítulo CAPÍTULO III
Art. 21
22 / 73En vigor desde 18 feb 2001
Dependiente de la Consejería competente en la materia existirá un Registro de empresas y establecimientos destinados a la realización de espectáculos públicos y actividades recreativas.
Reglamentariamente, se determinará la información que deberán facilitar las Entidades Locales y empresas para su inscripción en dicho Registro.
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Proeli/es-ri/l/2000/10/25/4#art-21