Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 3.ª Del derecho de preferencia y ayudas
Art. 13
13 / 90En vigor desde 21 nov 2000
Las explotaciones agrarias prioritarias gozarán también de las ayudas y beneficios fiscales contemplados en la Ley 19/1995, de 4 de julio, de modernización de las explotaciones agrarias y en el resto de normativa vigente, así como de las medidas complementarias contempladas en las disposiciones de desarrollo.
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Proeli/es-cb/l/2000/11/13/4#art-13