Art. 88
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO VIIISecc. Sección 5.ª Transformación

Art. 88

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En vigor desde 13 jun 1999
Los socios que en virtud de la transformación asuman responsabilidad ilimitada por las deudas sociales responderán en la misma forma de las deudas anteriores a la transformación.
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eli/es-md/l/1999/03/30/4#art-88