Art. 30
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IIISecc. SECCIÓN 2.a RÉGIMEN DE AUTORIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Art. 30

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En vigor desde 7 abr 1999
Reglamentariamente se establecerán los procedimientos de autorización y registro de los servicios farmacéuticos regulados en el presente capítulo, así como los requisitos, localización y condiciones técnico-sanitarias de los mismos.
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eli/es-ar/l/1999/03/25/4#art-30