Título TÍTULO I
Art. 9
10 / 62En vigor desde 1 mar 2012
Corresponde a la Junta de Castilla y León:
a) La aprobación del Catálogo de Juegos y Apuestas de Castilla y León.
b) La reglamentación de los juegos y apuestas incluidos en el Catálogo.
c) La planificación de los Juegos y Apuestas de la Comunidad, con arreglo a los siguientes criterios:
– Localización y distribución geográfica.
– La realidad social en el correspondiente ámbito geográfico.
– Número de establecimientos afectados.
– Realidad tributaria.
– Demanda empresarial.
d) La imposición de sanciones en los términos previstos en el título VI.
e) Cualquier otra competencia que le sea atribuida por esta Ley.
Se modifica por la disposición final 3.4 de la Ley 1/2012, de 28 de febrero. Ref. BOE-A-2012-4385
Tus anotaciones
Proeli/es-cl/l/1998/06/24/4#art-9