Título TÍTULO IV
Art. 28
31 / 62En vigor desde 2 jul 1998
Son funciones de la Comisión del Juego y Apuestas las siguientes:
a) Informar de las disposiciones de carácter general que se hayan de dictar en la materia, incluida la planificación.
b) Emitir informes y dictámenes sobre las cuestiones que le sean planteadas por los distintos órganos de la Administración.
c) Elevar a la Administración las propuestas que estime pertinentes.
d) Aprobar la memoria anual.
e) Cualquier otra función que se le atribuya reglamentariamente.
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Tus anotaciones
Proeli/es-cl/l/1998/06/24/4#art-28