Art. Disposición transitoria quinta
Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición transitoria quinta

51 / 57
En vigor desde 24 jul 1998
Cuando se cree el Cuerpo de Policía Local, los Auxiliares de Policía podrán ingresar en el mismo mediante concurso-oposición, siempre que estén en posesión de la titulación correspondiente, en los términos que reglamentariamente se establezcan.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-mc/l/1998/07/22/4#disposicion-transitoria-quinta