Capítulo CAPÍTULO V›Secc. Sección 4.ª Información y participación
Art. 19
19 / 28En vigor desde 25 may 1998
La Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias creará una Oficina de Información y Asesoramiento del Voluntariado, a la que podrán dirigirse aquellas entidades de voluntariado que precisen orientación y apoyo técnico, y todas aquellas personas que deseen informarse acerca de las entidades, programas, proyectos y actividades relacionadas con el voluntariado que se realicen en la Comunidad Autónoma de Canarias.
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Proeli/es-cn/l/1998/05/15/4#art-19