Art. 22
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO I

Art. 22

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En vigor desde 20 jul 1997
Queda prohibida, a los menores de dieciocho años, la venta de colas y demás productos industriales inhalables con efectos euforizantes o depresivos. Queda excluida de esta prohibición la venta a mayores de dieciséis años que acrediten el uso profesional de estos productos.
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eli/es-an/l/1997/07/09/4#art-22