Art. Disposición adicional primera
Título TÍTULO III

Art. Disposición adicional primera

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En vigor desde 26 ago 1997
Se declaran expresamente aplicables en las contrataciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia los apartados 1 a 8, ambos inclusive, del artículo 147 de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social.
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