Capítulo CAPÍTULO VI
Art. Disposición adicional quinta
28 / 33En vigor desde 28 may 1996
En el plazo máximo de tres meses, desde la entrada en vigor de la presente Ley, se constituirá el Consejo General del Instituto Aragonés de Servicios Sociales.
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Proeli/es-ar/l/1996/05/22/4#disposicion-adicional-quinta