Título TÍTULO XI›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición final segunda
105 / 106En vigor desde 22 oct 1996
Esta Ley entrará en vigor a los tres meses contados desde su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».
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Proeli/es-cl/l/1996/07/12/4#disposicion-final-segunda