Art. 30
Capítulo CAPÍTULO II

Art. 30

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En vigor desde 4 abr 1995
El Consejo Asesor de Investigaciones Agrarias es el máximo órgano consultivo y de asesoramiento del Gobierno de Canarias en materia de investigación y desarrollo tecnológico agrarios, quedando adscrito orgánicamente a la Consejería competente en materia de agricultura.
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