Art. 13
Capítulo CAPÍTULO ISecc. Sección 3.ª Organos de asesoramiento

Art. 13

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En vigor desde 4 abr 1995
El Consejo de Dirección estará compuesto por el Presidente del Organismo, que lo presidirá; el Director científico, que actuará de Vicepresidente; el Secretario general del ICIA, que actuará de Secretario del Consejo, y por los representantes de las unidades operativas y del personal al servicio del ICIA, según se establezca en el Reglamento del mismo.
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