Título TÍTULO IV
Art. 15
15 / 41En vigor desde 11 jul 1994
El propietario del animal rellenará, en el momento de la cesión, una ficha con el historial sanitario reciente de cada animal. Esta deberá ser recibida por el representante del centro.
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Proeli/es-vc/l/1994/07/08/4#art-15