Art. 5
Título TÍTULO I

Art. 5

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En vigor desde 17 jun 1994
Forman parte del Patrimonio Documental de La Rioja, sin perjuicio de la legislación del Estado que les afecte, los documentos producidos o reunidos por: a) Los órganos de la Administración Periférica del Estado en La Rioja. b) Los órganos de la Administración de Justicia radicados en La Rioja. c) Las Universidades y demás centros públicos de Enseñanza de La Rioja. d) Las Notarías y Registros Públicos de La Rioja. e) Las corporaciones de derecho público con domicilio en la Comunidad Autónoma. f) Cualquier otro Organismo o entidad de titularidad estatal establecido en La Rioja.
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eli/es-ri/l/1994/05/24/4#art-5