Art. 43
Título TÍTULO V

Art. 43

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En vigor desde 30 abr 1993
Se consideran infracciones administrativas al Patrimonio Documental y Archivos de la Comunidad de Madrid las acciones u omisiones típicas y culpables que, no siendo delitos o faltas, infrinjan lo dispuesto en ésta u otras leyes concernientes a los mismos.
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eli/es-md/l/1993/04/21/4#art-43