Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección segunda. Organización del Sistema de Lectura Pública de Cataluña
Art. 37
37 / 56En vigor desde 18 abr 1993
1. Los servicios de apoyo a la lectura pública prestan asistencia y cooperación a las bibliotecas del Sistema de Lectura Pública.
2. Los servicios nacionales prestan su apoyo en los ámbitos siguientes:
a) Asesoramiento y colaboración en la adquisición de fondos.
b) Coordinación y gestión del Catálogo Colectivo de la Lectura Pública.
c) Investigación bibliotecaria y formación permanente y reciclaje del personal.
d) Promoción de las bibliotecas.
e) Coordinación de los servicios regionales.
3. Los servicios regionales prestan su apoyo en los ámbitos siguientes:
a) Adquisición de fondos.
b) Proveimiento de catalogación centralizada.
c) Elaboración del Catálogo Colectivo de la Lectura Pública.
d) Información bibliográfica y documental selectiva.
e) Tratamiento de fondos duplicados y sobrantes.
f) Redistribución del fondo.
g) Coordinación del préstamo interbibliotecario y de fondos de apoyo al préstamo.
h) Apoyo técnico e informático a las bibliotecas.
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Proeli/es-ct/l/1993/03/18/4#art-37