Art. 36
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO ISecc. Sección segunda. Organización del Sistema de Lectura Pública de Cataluña

Art. 36

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En vigor desde 18 abr 1993
Los servicios bibliotecarios móviles, que dependen de una biblioteca central comarcal o de una biblioteca central urbana, tienen como finalidad ofrecer el servicio de lectura pública en zonas donde no hay punto de servicio estático.
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eli/es-ct/l/1993/03/18/4#art-36