Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición final tercera
64 / 64En vigor desde 21 jul 1992
Sin perjuicio de las habilitaciones expresas recogidas en la presente Ley, se autoriza al Consejo de Gobierno a dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo reglamentario de la misma.
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Proeli/es-md/l/1992/07/08/4#disposicion-final-tercera