Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 37
37 / 64En vigor desde 1 ene 2016
El acceso a las categorías de Cabo, Sargento y Suboficial se realizará por promoción interna, mediante concurso oposición, entre los miembros del Cuerpo que tengan un mínimo de dos años de antigüedad en la categoría inmediatamente inferior respectiva y posean la titulación requerida, debiendo superar el curso específico en el Centro de Formación Integral de Seguridad de la Comunidad de Madrid. Dicho curso tendrá una duración no inferior a tres meses. La Corporación Local podrá ampliar la convocatoria a los miembros de otros Cuerpos de Policía Local de la Comunidad de Madrid que cumplan los requisitos arriba señalados.
El acceso a las categorías de Oficial, Subinspector e Inspector se realizará por concurso oposición libre, si bien se reservará, como mínimo, el cincuenta por ciento de las plazas de cada convocatoria a la promoción interna de los miembros del Cuerpo que tengan un mínimo de antigüedad de dos años en la categoría inmediatamente inferior a la respectiva, posean la titulación requerida, debiendo superar el curso específico en el Centro de Formación Integral de Seguridad de la Comunidad de Madrid, que tendrá una duración no inferior a tres meses.
Sin perjuicio de lo establecido en los dos párrafos anteriores, el Centro de Formación Integral de Seguridad de la Comunidad de Madrid, podrá homologar, teniendo en cuenta los diferentes contenidos formativos, cursos de formación, de ascenso o promoción para las diferentes categorías, que, en tal caso, podrán realizar los Municipios que posean Centros de Formación de Policías Locales.
Se modifica por la disposición adicional 3.1 de la Ley 9/2015, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-2016-4510#datercera .
Tus anotaciones
Proeli/es-md/l/1992/07/08/4#art-37