Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición transitoria séptima
Derogado167 / 177En vigor desde 12 ago 1992
Los funcionarios afectados por el nuevo régimen de situaciones administrativas deberán solicitar su regularización en el plazo de dos meses.
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Proeli/es-pv/l/1992/07/17/4#disposicion-transitoria-septima