Art. 11
11 / 20En vigor desde 24 jun 2018
1. La tramitación parlamentaria se realizará de acuerdo con lo que establecen los preceptos del Reglamento del Parlamento que regulan el procedimiento legislativo, sin perjuicio de las especificidades establecidas por la presente ley.
2. La Mesa del Parlamento comunicará a la Comisión Promotora las fechas de inicio y de finalización del plazo para el debate de toma en consideración de la proposición de ley.
3. Para defender la proposición de ley en el debate de toma en consideración ante el Pleno del Parlamento, la Comisión Promotora podrá designar uno de sus miembros.
4. El debate de toma en consideración empezará con la defensa en el Pleno de la iniciativa por parte de un representante de la Comisión Promotora.
5. Una vez tomada en consideración, el representante de la Comisión Promotora podrá comparecer en los trabajos de la ponencia, siempre que esta lo acuerde, a iniciativa propia o a solicitud de la Comisión Promotora. Este representante, si así lo solicita, comparecerá, asimismo, en la comisión parlamentaria para fijar la posición de la Comisión Promotora ante el informe de la ponencia.
6. Dictaminada la proposición de ley en comisión, el debate en el Pleno empezará con la intervención de los promotores de la iniciativa.
7. Los servicios del Parlamento facilitarán a la Comisión Promotora la información y la documentación que tenga relación directa con la iniciativa legislativa o con su tramitación. Asimismo, los servicios jurídicos del Parlamento asesorarán la Comisión Promotora en relación al cumplimiento de los requisitos formales durante toda la tramitación de la iniciativa legislativa. El representante de la Comisión Promotora presentará las solicitudes de información y asesoramiento ante la Mesa del Parlamento.
8. A los efectos de lo establecido en los apartados anteriores, la Comisión Promotora designará un representante y un suplente mediante un escrito dirigido a la Mesa del Parlamento. El representante y el suplente deben ser miembros de la Comisión Promotora.
Se modifica por el de la Ley 4/2018, de 12 de junio. Ref. BOE-A-2018-9773
Tus anotaciones
Proeli/es-ib/l/1991/03/13/4#art-11