Art. Disposición derogatoria cuarta
Título TÍTULO VIIICapítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición derogatoria cuarta

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En vigor desde 30 jun 1990
Quedan derogados el apartado A del punto 1 del artículo 2.º, el apartado F del artículo 4.º y el artículo 6.º, todos ellos de la Ley 29/1984, de 2 de agosto, por la que se regula la concesión de ayudas a empresas periodísticas y agencias informativas, y los preceptos del Real Decreto 2089/1984, de 14 de noviembre, por el que se desarrolla la Ley 29/1984, de 2 de agosto, de ayudas a empresas periodísticas y agencias informativas que se dictaron en desarrollo de los mismos.
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